
Escuela Maternal
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Bogotá D. C, Colombia, Suramérica
Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m., jornada continua
Teléfono: (57-1) 594 1894 - 347 1190 ext. 615
La Escuela Maternal de la Universidad Pedagógica Nacional se crea mediante Resolución 0238 del 1.º de marzo de 2004, y asume como direccionamiento legal el Decreto 2247 del 11 de septiembre de 1997, capítulo 1.°, artículo 4, que decreta: “Los establecimientos educativos que presten servicio de educación preescolar y que atiendan, además, niños y niñas menores de cuatro (4) años, deberán hacerlo conforme a su Proyecto Educativo Institucional, considerando los requerimientos de salud, nutrición y protección de los niños y niñas, de tal manera que se les garantice las mejores condiciones para su desarrollo integral, de acuerdo con la legislación vigente y las directrices de los organismos competentes".
En concordancia con lo anterior, la Escuela Maternal reconoce en su proyecto institucional que lo más relevante que afrontan los niños y niñas en la primera infancia es la construcción de los procesos cognitivos, socio-afectivos y éticos, por lo tanto, es necesario crear espacios educativos que favorezcan el bienestar íntegro de niños y niñas.
Información general
Misión
Visión
Objetivo
Objetivos generales
- | Prestar un servicio social a la comunidad educativa de la Universidad Pedagógica Nacional atendiendo a sus hijos menores de 4 años durante su jornada académica o laboral. | |
- | Prestar un servicio social a la comunidad educativa de la Universidad Pedagógica Nacional atendiendo a sus hijos menores de 4 años durante su jornada académica o laboral. | |
- | Favorecer los procesos biológicos, cognitivos y socioafectivos de niños y niñas en edad inicial a través de ambientes especializados desde el trabajo lúdico y la exploración directa de su entorno. | |
- | Establecer la Escuela Maternal como un semillero de práctica pedagógica e investigación permanente, mediante la reflexión y construcción de nuevas propuestas para el trabajo con niños y niñas en edades iniciales. |
Objetivos específicos
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Brindar un servicio óptimo que garantice tranquilidad a los padres frente al bienestar de sus hijos, permitiéndoles desempeñar sus actividades académicas o laborales con excelencia. |
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- | Aportar a los padres de familia elementos en relación con la educación y bienestar de sus hijos, con el fin de obtener un fortalecimiento en su papel como padre o madre. | |
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Propiciar el desarrollo armónico de niños y niñas a través de acciones propias del ser humano con una atmósfera cálida y grata que les permita ser protagonistas de su propio desarrollo. |
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- | Garantizar educación, salud y nutrición a niños y niñas de la Escuela Maternal, velando por su desarrollo íntegro. | |
- | Promover la elaboración de proyectos pedagógicos e investigativos que favorezcan la creación de propuestas innovadoras y específicas para la infancia. | |
- | Abrir un espacio de reflexión universitaria que permita incidir en las políticas y propuestas educativas nacionales. |
Procesos de capacitación
Requisitos
1. |
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Diligenciar un formulario en la Escuela Maternal anexando fotocopia de alguno de los servicios públicos de donde viven (agua, luz, teléfono o gas).
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2. |
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Los niños deben ser hijos de estudiantes (con matrícula vigente de la UPN), docentes, funcionarios o contratistas activos.
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3. |
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Los niños y niñas deben estar en el rango de edad según la convocatoria (ver cuadro).
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Nivel |
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Edad |
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Bebés |
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4 a 11 meses |
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Caminadores I |
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12 a 18 meses |
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Caminadores II |
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19 a 24 meses |
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Aventureros I |
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25 a 30 meses |
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Aventureros II |
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31 a 36 meses |
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Conversadores |
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37 a 42 meses |
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Independientes |
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43 a 48 meses |
Valores y forma de pago
Para efectos de la liquidación del valor de la pensión, se establecen cuatro categorías:
Categoría 1: Estudiantes |
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Categoría 2: Funcionarios y docentes con ingresos de hasta dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv)
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Categoría 3: Funcionarios y docentes, con ingresos de más de dos (2) hasta cuatro (4) smmlv | |
Categoría 4: Funcionarios y docentes de más de cuatro (4) smmlv |
- | Para la liquidación del valor de la pensión, se solicitará, para los estudiantes, la constancia de matrícula expedida por la Subdirección de Admisiones y Registro de la Universidad Pedagógica Nacional; para los funcionarios y docentes, constancia de vinculación laboral en donde se especifique el salario, expedida por la Subdirecciónn de Personal de la Universidad. | |
- | Para los hijos de padres externos a la Universidad, se fijará como valor de matrícula y pensión un porcentaje equivalente al 65.5% del smmlv. | |
- | Los valores calculados de esta manera serán aproximados al mil más cercano. | |
- | Los valores correspondientes a pensión se pagan los diez (10) primeros días de cada mes en el banco Caja Social con el recibo generado en el aplicativo. Se debe entregar una copia de la consignación en la secretaría de la Escuela Maternal y al inicio del semestre deben pagar el mismo valor por concepto de matrícula. |
Servicios y reglamento
La Escuela Maternal presta una atención integral a los niños: alimentación, trabajo pedagógico, recreación, atención básica en crecimiento y desarrollo, primeros auxilios y urgencias; además se realizan actividades como salidas a parques, a piscina, celebración de cumpleaños y fechas especiales, asesorías, talleres de orientación, charlas sobre temas específicos a los padres de familia y capacitación a padres de familia. También brinda asesoría a otras instituciones de educación en primera infancia.
Práctica pedagógica
La Escuela Maternal es un lugar que abre un espacio a las diferentes facultades de la Universidad que quieran realizar sus prácticas o desarrollar sus proyectos pedagógicos y de investigación sobre primera infancia.
Reglamento
- | Resolución 0238 del 1.º de marzo de 2004, "Por medio del cual se adopta como experiencia complementaria de investigación y extensión académica el jardín infantil 'Escuela Maternal de la Universidad Pedagógica Nacional'". | |
- | Acuerdo 012 del 5 de marzo de 2004, "Por el cual se determinan los valores de las pensiones para los niños matriculados en el jardín infantil "Escuela Maternal de la Universidad Pedagógica Nacional". | |
- | Acuerdo 022 del 15 de septiembre de 2005, "Por el cual se determinan los valores de matricula y pensiones para los niños matriculados en la Escuela Maternal de la Universidad Pedagógica y se establece una sola jornada". |
Contáctenos
Nubia García Ramírez |
Carlota Flórez CARRERA 22 No. 73-43
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